Ley Beckham

Aprovecha la Ley Beckham con una tributación al tipo del 24%.

  • Si planeas desplazarte a España como trabajador, presencia, remoto, por cuenta ajena, o como administrador.
  • Asesoramiento de un despacho de abogados experto en fiscalidad
  • Puedes hacer el proceso 100% online

Primera consulta gratuita

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Grupo 320

Trabaja y vive en España con la Ley Beckham

Si trabajas en España o desde España, puedes beneficiarte de incentivos fiscales como la Ley Beckham, un régimen especial que permite tributar un 24% sobre los ingresos generados en España (hasta 600.000 €/año). Esto resulta especialmente ventajoso para rentas superiores a 55.000 €, ya que no se aplican deducciones fiscales y los activos en el extranjero (dividendos, inmuebles, acciones) tributan fuera de España.

 

Creada en 2005 para atraer talento y profesionales altamente cualificados, la Ley Beckham ha evolucionado con reformas en 2010, 2015 y la más reciente en 2022 con la Ley de Startups, ampliando su alcance a nómadas digitales, emprendedores y trabajadores desplazados.

La Ley Beckham es para ti si…

  • Eres nómada digital y trabajas desde España
  • Teletrabajas para una empresa extranjera
  • Has sido trasladado a España por tu compañía
  • Eres administrador de una empresa española
  • Inicias una actividad emprendedora en el país
  • Eres un profesional altamente cualificado con ingresos en España

Requisitos Ley Beckham

Acuerdo entre abogados

01

No haber sido residente fiscal en España en los últimos cinco años

02

Justificar el traslado a España por motivos laborales o de negocio

03

Perfil elegible

04

Solicitar dentro de los 6 meses posteriores al alta en la Seguridad Social

¿Cuánto puedes ahorrar con la Ley Beckham?

CASO 1

Ejecutivo con un salario de 180.000 €/año

Sin Ley Beckham:

68.400 € en impuestos

Con Ley Beckham:

43.200 € en impuestos 


 

Ahorro anual: 25.200 €

CASO 2

Artista con ingresos de 300.000 €/año

Sin Ley Beckham:

123.000 € en impuestos

 

Con Ley Beckham:

72.000 € en impuestos

 

Ahorro anual: 51.000 €

CASO 3

Deportista con ingresos de 600.000 €/año

Sin Ley Beckham:

264.000 € en impuestos

Con Ley Beckham:

144.000 € en impuestos

Ahorro anual: 120.000 €

Cada caso es único, pero estos ejemplos muestran el ahorro que puedes lograr.

Preguntas frecuentes sobre la Ley Beckham

¿Cuál es el proceso para solicitar la Ley Beckham?

Presentaremos la solicitud ante la Agencia Tributaria dentro de los 6 meses posteriores a tu alta en la Seguridad Social en España. Para evitar errores y garantizar el cumplimiento de los requisitos, se recomienda asesoramiento profesional.

Desde su aprobación en 2005, esta ley ha sido modificada en 2010, 2015 y más recientemente con la Ley de Startups (2022), ampliando su aplicación a nómadas digitales, emprendedores y directivos.

  • Tributación reducida del 24% sobre ingresos obtenidos en España hasta 600.000 €/año.
  • No pagarás impuestos en España por tus ingresos internacionales (acciones, dividendos, inmuebles en el extranjero, etc.).
  • Menos obligaciones fiscales, sin necesidad de presentar el modelo 720 sobre bienes fuera de España.

No. Si te acoges a la Ley Beckham, solo tributarás en España por los ingresos generados en el país. Cualquier ingreso en el extranjero se declarará en su país de origen.

El régimen fiscal especial tiene una duración de 6 años, contando desde el primer ejercicio fiscal en el que se aplique.

No podrán solicitarlo:

  • Personas que hayan sido residentes fiscales en España en los últimos 5 años.
  • Trabajadores que obtengan ingresos a través de un establecimiento permanente en España.
  • Autónomos que no cumplan con la condición de nómadas digitales según la Ley de Startups.

Sí, es posible renunciar, pero debes tener en cuenta que no podrás volver a acogerte a este régimen en el futuro.

Sí, pero solo si ha residido fuera de España durante los últimos 5 años antes de solicitar la aplicación del régimen especial.

Grupo 312
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